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913/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

Los productos destinados a la alimentación, para ser considerados como tales y estar afectos a la tasa del 0% del Impuesto al Valor Agregado, deben ser susceptibles de ser ingeridos por humanos o animales sin requerir transformación o industrialización adicional.

Expediente
913/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
17 abr 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Los productos destinados a la alimentación, para ser considerados como tales y estar afectos a la tasa del 0% del Impuesto al Valor Agregado, deben ser susceptibles de ser ingeridos por humanos o animales sin requerir transformación o industrialización adicional.

Resumen

El criterio normativo 11/IVA/N del SAT, publicado en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, define los productos destinados a la alimentación afectos a la tasa del 0% del IVA. Se considera que son aquellos que se ingieren directamente, sin necesidad de procesos adicionales, aunque puedan ser cocinados o combinados por el consumidor final.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.