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2052/25-25-01-1NiegaTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
TFJA · Sala Regional en San Luis Potosí

La firma electrónica avanzada, utilizada por un funcionario competente en la emisión de un acto administrativo, no genera su ilegalidad, siempre que se garantice la integridad, confiabilidad y autenticidad del documento, así como la identidad y confidencialidad del firmante, conforme a los medios establecidos para su verificación.

Expediente
2052/25-25-01-1
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
13 abr 2026
Materia
fiscal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La firma electrónica avanzada, utilizada por un funcionario competente en la emisión de un acto administrativo, no genera su ilegalidad, siempre que se garantice la integridad, confiabilidad y autenticidad del documento, así como la identidad y confidencialidad del firmante, conforme a los medios establecidos para su verificación.

Resumen

La Sala Regional determinó que la resolución impugnada, emitida con firma electrónica avanzada, es legal. Se analizó que, conforme a la normativa aplicable y la jurisprudencia, el uso de la e.firma por parte de las autoridades fiscales es válido y produce los mismos efectos que la firma autógrafa. La verificación de la integridad y autoría del documento a través del código QR confirmó la legalidad del acto, desestimando los argumentos del actor sobre la falta de fundamentación y motivación de la competencia de la autoridad emisora.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.