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SJF · Tesis

La contestación a los agravios, al ser incorporada por la autoridad ad quem en su resolución, no viola garantías si dicha alegación se considera jurídica y se apoya en las pruebas del juicio, al no existir impedimento legal para que el órgano jurisdiccional adopte argumentos de las partes que sean conformes a derecho.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1970
Materia
civil
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La contestación a los agravios, al ser incorporada por la autoridad ad quem en su resolución, no viola garantías si dicha alegación se considera jurídica y se apoya en las pruebas del juicio, al no existir impedimento legal para que el órgano jurisdiccional adopte argumentos de las partes que sean conformes a derecho.

Resumen

La presente tesis establece que una autoridad judicial no incurre en violación de garantías al transcribir y considerar, como parte de su resolución, los argumentos presentados por la contraparte del recurrente en su escrito de contestación a los agravios. Esto es válido siempre y cuando la autoridad haga suyos dichos argumentos, los considere jurídicamente correctos y los respalde con las pruebas desahogadas en el juicio, ya que no existe prohibición legal para que los órganos jurisdiccionales incorporen en sus decisiones planteamientos de las partes que se ajusten a derecho.

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