Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Contrario a lo que afirma el inconforme, resulta ajustado a derecho que la juzgadora Federal en la sentencia recurrida, negara el amparo al actor quejoso recurrente, y se lo concediera a su contraria, pues la autoridad laboral en dicha resolución cuantificó diversas prestaciones ajenas a lo determinado en el laudo que puso fin al juicio, por ende, se debe reparar la incongruencia apuntada, sin que sea dable como lo pretende el recurrente que se tenga por cierto todo lo que reclamó en la planilla de liquidación que exhibió, pues el incidente de liquidación debe ajustarse a lo resuelto en el laudo definitivo, sin que sea una nueva oportunidad para ampliar la controversia o introducir elementos ajenos a los ya decididos
Expediente
46/2025
Tribunal
Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito
Ponente
Evaristo Emmanuel Martínez González
Fecha
27 abr 2026
Materia
laboral
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Contrario a lo que afirma el inconforme, resulta ajustado a derecho que la juzgadora Federal en la sentencia recurrida, negara el amparo al actor quejoso recurrente, y se lo concediera a su contraria, pues la autoridad laboral en dicha resolución cuantificó diversas prestaciones ajenas a lo determinado en el laudo que puso fin al juicio, por ende, se debe reparar la incongruencia apuntada, sin que sea dable como lo pretende el recurrente que se tenga por cierto todo lo que reclamó en la planilla de liquidación que exhibió, pues el incidente de liquidación debe ajustarse a lo resuelto en el laudo definitivo, sin que sea una nueva oportunidad para ampliar la controversia o introducir elementos ajenos a los ya decididos
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