La solicitud de devolución del IVA en periodo preoperativo no debe sujetarse a condiciones temporales estrictas que impidan el acceso a un derecho sustantivo, privilegiando la formalidad sobre el fondo.
Se analizó la legalidad de los oficios del SAT que negaron la devolución del IVA a una empresa en etapa preoperativa, argumentando que la solicitud se realizó fuera del plazo estricto. La SCJN determinó que una interpretación teleológica del artículo 5o. de la LIVA revela que el legislador no pretendía limitar la devolución a un mes específico, sino permitirla a partir de dicho mes y hasta antes del inicio de actividades. Restringir este derecho por una mera formalidad transgrede el derecho al patrimonio del contribuyente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.