El contrato colectivo de trabajo debe aportarse como prueba para acreditar la infracción de alguna de sus cláusulas.
Para que se considere acreditada la infracción de alguna cláusula del contrato colectivo de trabajo, es indispensable que dicho contrato se aporte como prueba dentro del juicio. La omisión de este requisito impide que el juzgador pueda verificar la existencia y el contenido de las cláusulas supuestamente violadas, y por ende, no puede prosperar la pretensión de inconstitucionalidad o ilegalidad basada en su incumplimiento.
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