La sentencia absolutoria del delito de contrabando tiene valor probatorio en el juicio de nulidad fiscal, al generar una presunción que debe ser tomada en cuenta por el juzgador si no existe prueba en contrario que la desvirtúe.
El Tribunal Fiscal actuó correctamente al dar valor probatorio a la sentencia absolutoria del delito de contrabando. Si bien existe una separación entre las esferas penal y administrativa, dicha sentencia genera una presunción que el juzgador debe considerar en el juicio de nulidad fiscal, siempre que no existan pruebas que la desvirtúen.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.