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117/2026ConcedeTCCConcede parcial11ª Época
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Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito· tema sin holding extraído

Tema leyes autoaplicativas o heteroaplicativas En el presente asunto se resolvió declarar fundado el recurso de queja interpuesto, al considerar que la determinación sobre la naturaleza autoaplicativa o heteroaplicativa de las normas reclamadas exige un análisis interpretativo y reflexivo que excede el examen preliminar de la demanda. Por tanto, la delimitación sobre si los preceptos tildados de inconstitucionales causan una afectación directa con su sola entrada en vigor o si requieren de un acto posterior de aplicación no constituye un motivo manifiesto e indudable de improcedencia, sino un aspecto cuyo estudio corresponde a la sentencia definitiva. En consecuencia, se propone revocar el auto recurrido y devolver los autos al juzgado de origen para que, de no advertir una causa diversa de improcedencia, proceda a la admisión de la demanda de amparo.

Expediente
117/2026
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito
Ponente
Kharem Deyanira Omaña Pérez
Fecha
30 jul 2026
Materia
administrativa
Sentido
concede

Tema · autorreporte del tribunal

Tema leyes autoaplicativas o heteroaplicativas En el presente asunto se resolvió declarar fundado el recurso de queja interpuesto, al considerar que la determinación sobre la naturaleza autoaplicativa o heteroaplicativa de las normas reclamadas exige un análisis interpretativo y reflexivo que excede el examen preliminar de la demanda. Por tanto, la delimitación sobre si los preceptos tildados de inconstitucionales causan una afectación directa con su sola entrada en vigor o si requieren de un acto posterior de aplicación no constituye un motivo manifiesto e indudable de improcedencia, sino un aspecto cuyo estudio corresponde a la sentencia definitiva. En consecuencia, se propone revocar el auto recurrido y devolver los autos al juzgado de origen para que, de no advertir una causa diversa de improcedencia, proceda a la admisión de la demanda de amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.