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724/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La facultad del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para expedir acuerdos generales y remitir asuntos a órganos jurisdiccionales inferiores es constitucional y tiene como finalidad la adecuada distribución y pronta resolución de los asuntos.

Expediente
724/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
26 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La facultad del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para expedir acuerdos generales y remitir asuntos a órganos jurisdiccionales inferiores es constitucional y tiene como finalidad la adecuada distribución y pronta resolución de los asuntos.

Resumen

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la facultad, conferida por el artículo 94 de la Constitución Federal, para emitir acuerdos generales. Estos acuerdos permiten una distribución eficiente de los asuntos que competen a la Corte y la remisión de casos a los plenos regionales y tribunales colegiados de circuito, con el objetivo de agilizar su despacho y garantizar una mayor prontitud en la resolución de los litigios.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.