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380/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El recurso de revisión en amparo directo procede contra sentencias que resuelvan sobre constitucionalidad de normas generales, o establezcan la interpretación directa de un precepto constitucional, o omitan decidir sobre tales cuestiones, si el asunto reviste un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Expediente
380/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ
Fecha
12 nov 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión en amparo directo procede contra sentencias que resuelvan sobre constitucionalidad de normas generales, o establezcan la interpretación directa de un precepto constitucional, o omitan decidir sobre tales cuestiones, si el asunto reviste un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Resumen

El presente asunto se refiere a la procedencia del recurso de revisión en amparo directo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que este recurso es procedente cuando la sentencia de amparo directo aborda la constitucionalidad de normas generales, la interpretación directa de la Constitución, o cuando omite pronunciarse sobre estas cuestiones habiendo sido planteadas. Sin embargo, es indispensable que el caso, a juicio de la propia Corte, revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos. La materia del recurso se constriñe a las cuestiones constitucionales.

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