La omisión absoluta de entrega de recursos federales a los municipios, por parte de los poderes ejecutivos estatales, actualiza una violación directa a la autonomía municipal y al principio de integridad de sus recursos económicos, lo que hace procedente la controversia constitucional sin necesidad de agotar vías previas.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la omisión del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de entregar participaciones federales y recursos de fideicomisos al Municipio de Espinal constituye una violación directa a la autonomía municipal y al principio de integridad de sus recursos económicos. La Sala consideró que la controversia constitucional es procedente y oportuna, desestimando las causales de improcedencia invocadas por el Estado, incluyendo la extemporaneidad de la demanda y la supuesta cesación de efectos de los actos reclamados, al tratarse de omisiones absolutas que se actualizan día con día.
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