El deslinde de medidas físicas de un terreno, realizado por un Notario Auxiliar, Presidente Municipal y Síndico, sin facultades legales para ello, viola los derechos humanos de legalidad y debido proceso.
El Tribunal Colegiado determinó que el deslinde de un terreno realizado por un Notario Auxiliar, Presidente Municipal y Síndico, sin contar con las facultades legales para ello, constituye una violación a los derechos humanos de legalidad y debido proceso. Se revocó el sobreseimiento dictado por el Juez de Distrito, se concedió el amparo a la quejosa y se ordenó la cancelación del instrumento notarial y la abstención de realizar futuros deslindes, al considerar que dichos actos deben ser resueltos por la vía judicial y no por autoridades administrativas o fedatarios sin competencia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.