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316/2018OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El plazo de quince días para ofrecer pruebas y alegar en el procedimiento de notificación de operaciones inexistentes es insuficiente para garantizar el derecho de defensa del contribuyente, dada la gravedad de las consecuencias fiscales y penales que de él se derivan.

Expediente
316/2018
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
22 jul 2020
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El plazo de quince días para ofrecer pruebas y alegar en el procedimiento de notificación de operaciones inexistentes es insuficiente para garantizar el derecho de defensa del contribuyente, dada la gravedad de las consecuencias fiscales y penales que de él se derivan.

Resumen

El contribuyente argumenta que el plazo de quince días para ofrecer pruebas y alegar en el procedimiento de notificación de operaciones inexistentes es insuficiente y viola sus derechos fundamentales. Sostiene que este plazo es corto e improrrogable, especialmente considerando las graves consecuencias fiscales y penales que implica la no producción de efectos de las operaciones contenidas en los comprobantes fiscales, no solo para el contribuyente sino también para terceros relacionados. Por ello, solicita un plazo prudente, justo y razonable que permita una defensa efectiva de sus intereses, comparable con plazos otorgados en otros procedimientos de fiscalización.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.