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SJF · Tesis

La contradicción de tesis es procedente cuando surge entre criterios sustentados en amparo directo y en revisión fiscal, en virtud de que ambos tipos de resoluciones son emitidas por Tribunales Colegiados de Circuito y la finalidad de la contradicción es unificar la interpretación del derecho ante posturas divergentes.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 2000
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La contradicción de tesis es procedente cuando surge entre criterios sustentados en amparo directo y en revisión fiscal, en virtud de que ambos tipos de resoluciones son emitidas por Tribunales Colegiados de Circuito y la finalidad de la contradicción es unificar la interpretación del derecho ante posturas divergentes.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación considera procedente la contradicción de tesis cuando los criterios opuestos provienen de sentencias dictadas en amparo directo y en revisión fiscal. Esto se fundamenta en que ambos tipos de resoluciones son emitidas por Tribunales Colegiados de Circuito, y la finalidad de la contradicción es precisamente superar la inseguridad jurídica generada por posturas divergentes sobre un mismo tema legal, garantizando así la uniformidad en la aplicación del derecho.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.