La Suprema Corte de Justicia de la Nación declara la invalidez del artículo 21, fracción I, en su porción normativa "y los pozos para la extracción de cualquier hidrocarburo", y numerales 5 y 6, de la Ley de Ingresos del Municipio de Juárez, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2024, al considerar que regulaba el cobro de derechos por la expedición de licencias de funcionamiento para la perforación de pozos destinados a la extracción de hidrocarburos, lo cual excedía las facultades del municipio.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la controversia constitucional 68/2024, declarando la invalidez de porciones específicas de la Ley de Ingresos del Municipio de Juárez, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2024. El tribunal determinó que el artículo 21, fracción I, en su porción normativa "y los pozos para la extracción de cualquier hidrocarburo", así como sus numerales 5 y 6, excedían las facultades municipales al regular el cobro de derechos por licencias de funcionamiento para la perforación de pozos de hidrocarburos.
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