La concesión de pensiones por jubilación a cargo del presupuesto del Poder Judicial, sin la transferencia de recursos suficientes por parte del Congreso del Estado, vulnera la autonomía e independencia presupuestaria de dicho Poder, constituyendo una forma de subordinación y afectación a su gestión de recursos.
La controversia constitucional se centró en la invalidez de un decreto emitido por el Congreso de Morelos que concedía una pensión por jubilación a un ex trabajador del Poder Judicial de ese Estado, con cargo a su presupuesto. El Poder Judicial argumentó que esta acción invadía su autonomía e independencia presupuestaria. La Suprema Corte determinó que, si bien el Congreso tiene facultades para regular pensiones, no puede ordenar su pago con cargo al presupuesto de otro Poder sin transferir los recursos necesarios, ya que esto constituye una forma de subordinación y una violación al principio de división de poderes. Por ello, se declaró la invalidez parcial del decreto en la parte que ordenaba el pago sin la debida provisión de fondos.
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