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SJF · Tesis

La procedencia de la devolución de cantidades autodeterminadas y pagadas en exceso por el contribuyente, por concepto de créditos fiscales, no está sujeta al agotamiento previo de recurso administrativo alguno, salvo cuando la autoridad fiscal niegue la devolución solicitada.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 abr 1998
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La procedencia de la devolución de cantidades autodeterminadas y pagadas en exceso por el contribuyente, por concepto de créditos fiscales, no está sujeta al agotamiento previo de recurso administrativo alguno, salvo cuando la autoridad fiscal niegue la devolución solicitada.

Resumen

El presente criterio establece que un contribuyente puede solicitar la devolución de cantidades pagadas en exceso por créditos fiscales que él mismo determinó, sin necesidad de agotar previamente algún recurso administrativo. Sin embargo, si la autoridad fiscal niega dicha devolución, el contribuyente deberá interponer los recursos administrativos correspondientes para poder impugnar esa negativa y reclamar el pago de intereses.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.