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115/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La negativa ficta de un recurso de reclamación se configura cuando la autoridad fiscal no resuelve dicho medio de defensa dentro del plazo de tres meses, conforme al artículo 37 del Código Fiscal de la Federación.

Expediente
115/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
21 may 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La negativa ficta de un recurso de reclamación se configura cuando la autoridad fiscal no resuelve dicho medio de defensa dentro del plazo de tres meses, conforme al artículo 37 del Código Fiscal de la Federación.

Resumen

El presente caso aborda la configuración de la negativa ficta en un recurso de reclamación fiscal. Se determinó que si la autoridad fiscal no emite una resolución dentro del plazo de tres meses establecido en el artículo 37 del Código Fiscal de la Federación, se entiende que ha negado el recurso de reclamación, lo que permite al contribuyente ejercer las acciones legales correspondientes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.