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SJF · Tesis

La opción del contribuyente para calcular el Impuesto Sobre la Renta conforme a una de las legislaciones vigentes (1996 o 1991 actualizada) excluye la aplicación de la otra para delimitar el monto del crédito acreditable.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 feb 2002
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La opción del contribuyente para calcular el Impuesto Sobre la Renta conforme a una de las legislaciones vigentes (1996 o 1991 actualizada) excluye la aplicación de la otra para delimitar el monto del crédito acreditable.

Resumen

El contribuyente tiene derecho a optar por calcular el Impuesto Sobre la Renta utilizando la tabla y tarifas vigentes en 1996 o las de 1991 actualizadas. Sin embargo, una vez ejercida esta opción, no puede combinar ambas legislaciones para determinar el monto del crédito fiscal acreditable. El artículo 6o. del Código Fiscal de la Federación y la regla 227 de la Resolución Miscelánea Fiscal de 1996 establecen esta exclusividad en la elección.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.