La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la reforma a diversos artículos de la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, realizada con posterioridad a la presentación de una acción de inconstitucionalidad, actualiza la figura del "nuevo acto legislativo", lo que genera que la acción de inconstitucionalidad quede sin materia respecto a los preceptos modificados, al haber un cambio sustantivo en su contenido normativo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó una acción de inconstitucionalidad promovida contra la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua. Durante el trámite del juicio, diversos artículos de dicha ley fueron reformados. El Pleno de la Corte determinó que estas reformas constituyen "nuevos actos legislativos" que modifican sustancialmente el contenido de los preceptos impugnados, lo que lleva a declarar la improcedencia del juicio por haber quedado sin materia respecto a dichos artículos, conforme a la jurisprudencia aplicable.
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