El Tribunal Federal de Justicia Administrativa no es competente para conocer de multas impuestas por órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, ni de actos emitidos dentro del procedimiento administrativo de ejecución, salvo que se trate de excepciones específicas o hasta la publicación de la convocatoria de remate.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó sobreseer el juicio contencioso administrativo promovido por Narciso Contreras Hernández. La decisión se basó en que los actos impugnados, una multa impuesta por el Poder Judicial de la Federación y un mandamiento de ejecución, no son resoluciones definitivas de competencia del TFJA. Se argumentó que las multas de órganos jurisdiccionales no son de naturaleza fiscal y que los actos del procedimiento administrativo de ejecución solo son impugnables hasta la publicación de la convocatoria de remate, salvo excepciones específicas.
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