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1/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La procedencia del recurso de revisión en amparo directo procede cuando la resolución recurrida, dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es impugnada por vicios propios, es decir, cuando se controvierten las consideraciones o la interpretación de los preceptos constitucionales o derechos humanos que la propia Corte realizó.

Expediente
1/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
19 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La procedencia del recurso de revisión en amparo directo procede cuando la resolución recurrida, dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es impugnada por vicios propios, es decir, cuando se controvierten las consideraciones o la interpretación de los preceptos constitucionales o derechos humanos que la propia Corte realizó.

Resumen

El presente asunto se relaciona con un recurso de revisión interpuesto contra una resolución de la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación. Los recurrentes argumentan que la resolución impugnada debe ser revocada debido a una incorrecta interpretación de derechos humanos y preceptos constitucionales. Se busca que la Corte emita una nueva sentencia que fije un criterio adecuado y, en consecuencia, niegue el amparo a la quejosa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.