La resolución que declara improcedente el incidente de no acatamiento al laudo, dictada en la etapa de ejecución, constituye un acto de imposible reparación que puede ser impugnado de manera inmediata a través del juicio de amparo indirecto, al tratarse de un acto autónomo que, por su naturaleza, exige control constitucional inmediato.
La contradicción de tesis analizó si la resolución que declara improcedente el incidente de no acatamiento al laudo, dictada durante la etapa de ejecución, es impugnable de forma inmediata mediante amparo indirecto o si debe esperarse a la última resolución del procedimiento. Un tribunal consideró que no es impugnable directamente por ser una resolución intermedia, mientras que otro sostuvo que sí procede el amparo indirecto al ser un acto autónomo que exige control constitucional inmediato. El Pleno determinó que dicha resolución es un acto de imposible reparación y, por tanto, procede el amparo indirecto de forma inmediata.
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