El interés jurídico en materia de responsabilidad solidaria surge cuando un precepto legal establece dicha responsabilidad para el caso de que el causante original no cubra el impuesto, afectando la esfera jurídica del responsable solidario.
El presente criterio define qué constituye el interés jurídico en el contexto de la responsabilidad solidaria fiscal. Se establece que el interés jurídico se actualiza cuando una norma legal impone la obligación de responder solidariamente por un impuesto, en caso de que el contribuyente principal no lo pague. Esta disposición afecta directamente la esfera jurídica del responsable solidario, otorgándole el derecho de acudir ante las autoridades judiciales para determinar si dicha afectación transgrede o no alguna garantía constitucional.
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