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700/2013TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

Los trabajadores de confianza al servicio del Estado, aun cuando no gocen de la garantía de estabilidad en el empleo, tienen derecho a la protección del salario, lo que incluye el pago de salarios caídos en caso de despido injustificado, pues dicho concepto se encuentra inmerso en la protección del salario consagrada en la Constitución Federal y en la legislación laboral aplicable.

Expediente
700/2013
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
3 mar 2014
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

Los trabajadores de confianza al servicio del Estado, aun cuando no gocen de la garantía de estabilidad en el empleo, tienen derecho a la protección del salario, lo que incluye el pago de salarios caídos en caso de despido injustificado, pues dicho concepto se encuentra inmerso en la protección del salario consagrada en la Constitución Federal y en la legislación laboral aplicable.

Resumen

El presente fallo aborda la situación de los trabajadores de confianza al servicio del Estado y su derecho al pago de salarios caídos en caso de despido. Si bien se reconoce que estos trabajadores no gozan de estabilidad en el empleo, se sostiene que la Constitución Federal y la legislación laboral aplicable les otorgan el derecho a la protección del salario. Por lo tanto, si un despido resulta injustificado, procede el pago de salarios caídos, ya que este concepto se considera parte de la protección salarial fundamental.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.