El derecho a la propia imagen y el derecho moral de autor se violan cuando se utiliza la imagen de una persona o se alteran sus obras en una campaña publicitaria sin autorización, independientemente de quién produjo los anuncios, si el uso tiene fines de lucro y se busca beneficiar la venta de productos.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó un amparo directo relacionado con la violación del derecho a la propia imagen y al derecho moral de autor. El actor demandó a una empresa por usar su imagen y una versión alterada de su obra musical en una campaña publicitaria sin su consentimiento, buscando la reparación del daño. La Sala determinó que la violación se configura por el uso y difusión de la imagen y obra en la campaña para fines de lucro, sin importar quién produjo los anuncios, y que la prescripción de la acción se interrumpe si el demandante desconocía la participación de un litisconsorte necesario.
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