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5/2025NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La garantía de igualdad no se viola por un trato diferenciado si este no atenta contra la dignidad humana ni anula o menoscaba derechos y libertades.

Expediente
5/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
19 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La garantía de igualdad no se viola por un trato diferenciado si este no atenta contra la dignidad humana ni anula o menoscaba derechos y libertades.

Resumen

El juzgador consideró que la expedición de un precepto legal vulneraba la garantía de no discriminación. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la violación a la garantía de igualdad ocurre cuando la norma o los actos de autoridad dan un trato diferenciado a las personas por motivos específicos que atentan contra la dignidad humana o buscan anular o menoscabar derechos. En este caso, no se actualizó dicha vulneración.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.