La garantía de igualdad no se viola por un trato diferenciado si este no atenta contra la dignidad humana ni anula o menoscaba derechos y libertades.
El juzgador consideró que la expedición de un precepto legal vulneraba la garantía de no discriminación. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la violación a la garantía de igualdad ocurre cuando la norma o los actos de autoridad dan un trato diferenciado a las personas por motivos específicos que atentan contra la dignidad humana o buscan anular o menoscabar derechos. En este caso, no se actualizó dicha vulneración.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.