InvestigaciónDocumento
En línea
105/2026TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimotercer Circuito, con residencia en San Bartolo Coyotepec, Oaxaca· tema sin holding extraído

INFUNDADO. Se estiman INOPERANTES los agravios en los cuales aducen los recurrentes que en el auto recurrido el Juez se apoya en criterios jurisprudenciales no aplicables al caso en concreto, violentando con ello sus Derechos Fundamentales y Humanos; ya que los Jueces, por la investidura que les da la ley no pueden infringirlos. Así como INFUNDADOS el resto de los agravios propuestos, dado que las autoridades señaladas como responsables no tiene ese carácter, en virtud de que el origen del acto que por la vía constitucional se reclama tiene base en la omisión o negativa del pago en sus nóminas del concepto de deducción “RI” retención para incremento de ayuda para despensa, así como la transferencia de esta a un tercero, obligación que deriva de la relación laboral que tienen como patrón equiparado-empleados.

Expediente
105/2026
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimotercer Circuito, con residencia en San Bartolo Coyotepec, Oaxaca
Ponente
Elizabeth Franco Cervantes
Fecha
15 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

INFUNDADO. Se estiman INOPERANTES los agravios en los cuales aducen los recurrentes que en el auto recurrido el Juez se apoya en criterios jurisprudenciales no aplicables al caso en concreto, violentando con ello sus Derechos Fundamentales y Humanos; ya que los Jueces, por la investidura que les da la ley no pueden infringirlos. Así como INFUNDADOS el resto de los agravios propuestos, dado que las autoridades señaladas como responsables no tiene ese carácter, en virtud de que el origen del acto que por la vía constitucional se reclama tiene base en la omisión o negativa del pago en sus nóminas del concepto de deducción “RI” retención para incremento de ayuda para despensa, así como la transferencia de esta a un tercero, obligación que deriva de la relación laboral que tienen como patrón equiparado-empleados.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.