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NiegaTCCJurisprudencia firme9ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Tesis

La multa prevista en el artículo 239-B, fracción III, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, al establecer un mínimo y un máximo para su cuantificación, no viola el artículo 22 de la Constitución Federal, pues permite a la autoridad sancionadora individualizar la sanción.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 jul 2004
Materia
constitucional
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La multa prevista en el artículo 239-B, fracción III, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, al establecer un mínimo y un máximo para su cuantificación, no viola el artículo 22 de la Constitución Federal, pues permite a la autoridad sancionadora individualizar la sanción.

Resumen

El artículo 239-B, fracción III, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, establece un rango para la cuantificación de multas, considerando el nivel jerárquico, reincidencia y daño causado. La Suprema Corte ha determinado que las multas no son fijas cuando se señalan mínimos y máximos. Por lo tanto, el precepto impugnado no contraviene el artículo 22 constitucional, ya que faculta a la autoridad a individualizar la sanción.

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