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2184/25-10-01-2ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Aguascalientes

La fundamentación de la competencia de la autoridad fiscal en los actos de fiscalización es un requisito esencial para la validez del acto, cuya omisión genera la nulidad lisa y llana de la resolución determinante.

Expediente
2184/25-10-01-2
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
5 ago 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La fundamentación de la competencia de la autoridad fiscal en los actos de fiscalización es un requisito esencial para la validez del acto, cuya omisión genera la nulidad lisa y llana de la resolución determinante.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la autoridad fiscal, al iniciar facultades de comprobación para revisar el pago de derechos por el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales, omitió citar los artículos transitorios de las Leyes de Ingresos correspondientes a los ejercicios fiscales 2019, 2020, 2021 y 2022, citando únicamente el vigente en 2024. Esta omisión, al no fundamentar debidamente la competencia de la autoridad para auditar dichos ejercicios, genera una ilegalidad que trasciende al sentido de la resolución y, por ende, debe declararse la nulidad lisa y llana del crédito fiscal determinado. Adicionalmente, se consideró ilegal que la autoridad no señalara el nombre correcto de la contribución ('Derecho sobre Agua') en el requerimiento de documentación, incurriendo en una falta de motivación que también afecta la esfera jurídica del contribuyente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.