La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un recurso de revisión en amparo directo, debe limitarse al análisis de las cuestiones propiamente constitucionales planteadas, sin poder comprender otras materias.
El presente asunto se relaciona con la inconstitucionalidad de la Regla 6.1.1. de las Reglas Generales de Comercio Exterior, vigente para los ejercicios fiscales 2020, 2021 y 2022, la cual, según el quejoso, excede lo dispuesto por el artículo 89 de la Ley Aduanera al prever una autorización para la rectificación de pedimentos. El Tribunal Colegiado determinó que la regla no viola el principio de reserva de ley, pues se limita a desarrollar lo previsto en el artículo 89 de la Ley Aduanera. La Suprema Corte considera procedente el recurso de revisión dado el análisis de constitucionalidad realizado y el interés excepcional del asunto.
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