La cesación de efectos de un acto impugnado en controversia constitucional, derivada de su publicación o entrada en vigor durante el trámite del juicio, actualiza la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 19, fracción V, de la Ley Reglamentaria de dicha controversia.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó sobreseer la controversia constitucional al actualizarse la cesación de efectos del acto impugnado. El decreto cuya omisión se reclamaba, fue finalmente publicado y entró en vigor durante el trámite del juicio, lo que extinguió la materia del litigio. La publicación del decreto, que autorizaba al Municipio de Juárez, Nuevo León, a celebrar una operación de crédito, ocurrió el cuatro de octubre de dos mil veinticuatro.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.