Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se concede la protección constitucional, debido a que asiste razón a la quejosa al afirmar, por un lado, que el pago que realizó de la carga tributaria no fue voluntaria, en tanto que su finalidad fue evitar las consecuencias jurídicas del embargo de sus cuentas bancarias y, por el otro, las consecuencias de la anulación del procedimiento coactivo por prescripción del crédito fiscal se traduce en la inexistencia de éste, lo que lleva a concluir que el entero correspondiente se trata de un pago de lo indebido, por lo que se tiene que devolver en términos de lo previsto en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación.
Expediente
239/2021
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Ana Margarita Mejía García
Fecha
7 oct 2021
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se concede la protección constitucional, debido a que asiste razón a la quejosa al afirmar, por un lado, que el pago que realizó de la carga tributaria no fue voluntaria, en tanto que su finalidad fue evitar las consecuencias jurídicas del embargo de sus cuentas bancarias y, por el otro, las consecuencias de la anulación del procedimiento coactivo por prescripción del crédito fiscal se traduce en la inexistencia de éste, lo que lleva a concluir que el entero correspondiente se trata de un pago de lo indebido, por lo que se tiene que devolver en términos de lo previsto en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.