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SJF · Tesis

La infracción a los reglamentos de tránsito y circulación, elemento del delito de ataques a las vías de comunicación, se acredita con cualquier medio de prueba idóneo, sin que la boleta de infracción sea un requisito indispensable para la integración del tipo penal.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 abr 2002
Materia
penal
Sentido

Holding · resolución sintética

La infracción a los reglamentos de tránsito y circulación, elemento del delito de ataques a las vías de comunicación, se acredita con cualquier medio de prueba idóneo, sin que la boleta de infracción sea un requisito indispensable para la integración del tipo penal.

Resumen

El delito de ataques a las vías de comunicación, en su modalidad de conducir en estado de ebriedad o bajo influjo de drogas cometiendo una infracción de tránsito, no requiere la existencia de una boleta de infracción como elemento esencial. La infracción vial puede acreditarse por otros medios de prueba suficientes, independientemente de las formalidades o existencia de la boleta de infracción.

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