La falta de una certificación que acredite que las copias de las constancias de notificación fueron cotejadas con sus originales o con otras copias certificadas, impide otorgarles pleno valor probatorio, máxime si el contribuyente desconoce la legalidad de dichas notificaciones.
La Sala Regional determinó que la autoridad fiscal no demostró la legal notificación de la resolución impugnada, ya que las constancias exhibidas carecían de pleno valor probatorio al no contar con una certificación que acreditara que fueron cotejadas con sus originales o copias certificadas. Al desconocer la actora la legalidad de la notificación, la autoridad estaba obligada a exhibir dichas constancias, pero al no cumplir con los requisitos legales, se consideró que la actora tuvo conocimiento de la resolución en la fecha en que la aportó al juicio.
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