La prescripción de un crédito fiscal no opera si durante el plazo legal la autoridad fiscal realiza gestiones de cobro o si el contribuyente interpone un medio de defensa que reconozca tácita o expresamente la existencia del crédito.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la prescripción de un crédito fiscal no se actualiza si la autoridad demuestra haber realizado gestiones de cobro o si el contribuyente, al interponer un medio de defensa, reconoce la existencia del crédito. En el caso, se analizaron diversas actuaciones de la autoridad fiscal y la interposición de un juicio de nulidad por parte del actor, concluyendo que estas acciones interrumpieron el plazo de prescripción establecido en el artículo 146 del Código Fiscal de la Federación, por lo que se declaró infundado el agravio relativo a la prescripción.
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