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3161/18-01-02-2OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Baja California

La prescripción de un crédito fiscal no opera si durante el plazo legal la autoridad fiscal realiza gestiones de cobro o si el contribuyente interpone un medio de defensa que reconozca tácita o expresamente la existencia del crédito.

Expediente
3161/18-01-02-2
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
26 may 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La prescripción de un crédito fiscal no opera si durante el plazo legal la autoridad fiscal realiza gestiones de cobro o si el contribuyente interpone un medio de defensa que reconozca tácita o expresamente la existencia del crédito.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la prescripción de un crédito fiscal no se actualiza si la autoridad demuestra haber realizado gestiones de cobro o si el contribuyente, al interponer un medio de defensa, reconoce la existencia del crédito. En el caso, se analizaron diversas actuaciones de la autoridad fiscal y la interposición de un juicio de nulidad por parte del actor, concluyendo que estas acciones interrumpieron el plazo de prescripción establecido en el artículo 146 del Código Fiscal de la Federación, por lo que se declaró infundado el agravio relativo a la prescripción.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.