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2133/2015ConcedeTCCConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

Los presidentes y síndicos municipales carecen de facultades para suscribir pagarés que garanticen el pago de estímulos a integrantes del ayuntamiento, pues dicha operación no constituye una deuda pública ni un empréstito en los términos de la ley.

Expediente
2133/2015
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
23 oct 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

Los presidentes y síndicos municipales carecen de facultades para suscribir pagarés que garanticen el pago de estímulos a integrantes del ayuntamiento, pues dicha operación no constituye una deuda pública ni un empréstito en los términos de la ley.

Resumen

El presente caso analiza la facultad de los presidentes y síndicos municipales para suscribir pagarés que garanticen el pago de estímulos a integrantes del ayuntamiento. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dichas autoridades carecen de las facultades necesarias para realizar este tipo de actos, ya que no se configuran como deuda pública ni empréstito en los términos legales aplicables. La resolución enfatiza que las operaciones financieras de los municipios deben ajustarse estrictamente a las disposiciones constitucionales y legales que regulan la contratación de deuda pública.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.