La visita domiciliaria que no se practica en presencia de dos testigos, es nula por contravenir las formalidades constitucionales exigidas para su validez.
El tribunal colegiado determinó que la visita domiciliaria carece de validez al no haberse realizado en presencia de dos testigos, lo cual contraviene las formalidades constitucionales. En consecuencia, se concedió el amparo para dejar insubsistente dicha visita y todos los actos subsecuentes derivados de ella, sin que la protección constitucional abarcara la suplencia de la queja.
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