El artículo 13, antepenúltimo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, al limitar la presentación de demandas por correo certificado al lugar de residencia del actor, es inconstitucional e inconvencional por contravenir el derecho de acceso a la justicia.
El Tribunal Colegiado determinó que la porción normativa del artículo 13, antepenúltimo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, que restringe la presentación de demandas de nulidad por correo certificado al lugar de residencia del demandante, es violatoria de los artículos 17 de la Constitución y 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Se consideró que esta limitación, al obligar al actor a trasladarse a su lugar de residencia para enviar la demanda por correo o acudir directamente a la sala, genera gastos innecesarios y dificulta el acceso a la justicia, sin que exista una finalidad constitucionalmente válida que la justifique. Por lo tanto, se concedió el amparo para que la sala responsable se abstenga de aplicar dicha porción normativa.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.