El otorgamiento unilateral de pensiones por jubilación por parte de un Congreso local, con cargo al presupuesto de otro poder del Estado, vulnera el principio de división de poderes y la autonomía en la gestión presupuestal de este último.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos en contra del decreto emitido por el Congreso local que concedió una pensión por jubilación a una persona, cargándola al presupuesto del Poder Judicial. La Corte determinó que dicho acto legislativo vulnera la autonomía presupuestal y el principio de división de poderes, al permitir que el Congreso disponga de los recursos de otro poder sin su intervención. Por ello, se declaró la invalidez parcial del decreto en la porción que obliga al Poder Judicial a cubrir dicha pensión.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.