El pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) es procedente respecto de las regalías e intereses, conforme a las disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
El asunto versa sobre la procedencia del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a las regalías e intereses derivados de una prestación. Se analizan los artículos 1°, fracción II, 14, fracción VI y 15, fracción XVI, inciso c), subinciso 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para determinar la obligación tributaria. El fallo confirma la procedencia del pago del IVA, el cual deberá ser cuantificado en la etapa de ejecución de sentencia.
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