La inconstitucionalidad de los artículos 134 y 137 del Código Fiscal de la Federación no se actualiza por equiparar el cateo y la visita domiciliaria al supuesto de notificación, ya que en los primeros actos los funcionarios pueden introducirse al domicilio del gobernado, mientras que en la notificación no ocurre tal intromisión.
El presente asunto aborda la supuesta inconstitucionalidad de los artículos 134 y 137 del Código Fiscal de la Federación, argumentando que equiparan el cateo y la visita domiciliaria a los supuestos de notificación, lo cual vulneraría el artículo 16 constitucional. La Corte determinó que esta equiparación es infundada, ya que los cateos y visitas domiciliarias implican una intromisión en el domicilio del gobernado que no ocurre en el caso de las notificaciones, por lo que no pueden exigirse las mismas formalidades.
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