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700/2024ConcedeJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Veracruz

La acción ejecutiva mercantil es procedente cuando el endosatario en procuración acredita la acción y la parte demandada no contesta la demanda ni opone excepciones.

Expediente
700/2024
Tribunal
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Veracruz
Ponente
Sara Judith Gudiño Martínez
Fecha
24 mar 2025
Materia
mercantil
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La acción ejecutiva mercantil es procedente cuando el endosatario en procuración acredita la acción y la parte demandada no contesta la demanda ni opone excepciones.

Resumen

El Juzgado Octavo de Distrito en Veracruz determinó que la vía ejecutiva mercantil intentada por el endosatario en procuración fue procedente, al haber probado su acción y ante la falta de contestación de la demanda por parte del deudor, quien tampoco opuso defensas. En consecuencia, se condenó al demandado al pago de la suerte principal, intereses ordinarios con IVA, e intereses moratorios, absolviendo únicamente del pago de gastos y costas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.