El incremento del bono de despensa y previsión social múltiple para los pensionados del ISSSTE debe ser proporcional al aumento que reciban los trabajadores en activo, siempre que dichos incrementos se hayan otorgado de manera general a los trabajadores operativos y sean compatibles con la condición de pensionado.
La contradicción de tesis se centró en determinar si los pensionados del ISSSTE tienen derecho a que se les incremente el bono de despensa y la previsión social múltiple en la misma proporción que los trabajadores en activo. El Pleno determinó que sí tienen derecho, siempre y cuando se cumplan dos requisitos: que el aumento se haya otorgado de manera general al personal operativo en activo y que las prestaciones sean compatibles con los pensionados. Se consideró que los oficios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que autorizan estos incrementos al personal operativo son suficientes para acreditar la generalidad dentro de ese nivel.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.