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24000/24-17-04-7OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Cuarta Sala Regional en la Ciudad de México

La valoración de pruebas por parte de los visitadores en una visita domiciliaria, al no contar con facultades para ello, vicia el procedimiento de fiscalización y, por ende, la resolución determinante del crédito fiscal.

Expediente
24000/24-17-04-7
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
11 jun 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La valoración de pruebas por parte de los visitadores en una visita domiciliaria, al no contar con facultades para ello, vicia el procedimiento de fiscalización y, por ende, la resolución determinante del crédito fiscal.

Resumen

La Sala determinó que los visitadores no tienen facultades para valorar las pruebas presentadas por el contribuyente durante una visita domiciliaria. Al realizar dicha valoración, los visitadores excedieron sus atribuciones, lo que vició el procedimiento de fiscalización. En consecuencia, la resolución que determinó un crédito fiscal, al ser producto de un procedimiento viciado, es nula. La Sala enfatizó que la valoración de pruebas corresponde a las autoridades fiscalizadoras superiores, no a los visitadores.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.