La legitimación para interponer el recurso de revisión fiscal por parte de un Subdirector de lo Contencioso del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en representación de una autoridad demandada, debe analizarse a la luz de la normativa aplicable y la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual ha establecido la inexistencia de dicho cargo y, por ende, la falta de legitimación del ostentador del mismo.
La contradicción de criterios aborda la legitimación de un Subdirector de lo Contencioso del ISSSTE para interponer recursos de revisión fiscal. Diversos Tribunales Colegiados emitieron criterios divergentes: algunos reconocieron dicha legitimación basándose en estatutos orgánicos y manuales de organización, mientras que otros la negaron al considerar que el cargo no existe o no está previsto en la normativa, citando jurisprudencia de la SCJN que declara inexistente dicho puesto y, por ende, la falta de legitimación. El Pleno Regional busca unificar estos criterios.
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