La justicia de la unión no ampara ni protege al quejoso contra los actos reclamados consistentes en los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación y 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, por las razones expuestas en la octava consideración de la ejecutoria.
El Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, al resolver el amparo 974/2022, modificó la sentencia recurrida. Se sobreseyó el juicio respecto a diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto sobre la Renta y Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020. Finalmente, se negó el amparo al quejoso contra los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación y 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
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