La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que la derogación de un párrafo de una ley, que preveía la creación de un fondo municipal, actualiza la causa de sobreseimiento por cesación de efectos, al tratarse de un cambio normativo sustantivo que elimina la controversia sobre la motivación y fundamentación de dicho fondo.
El Municipio de Tlaquiltenango promovió una controversia constitucional contra el artículo 6 de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Morelos, argumentando, entre otras cosas, la inconstitucionalidad de un párrafo que destinaba el 2% de las participaciones federales a un fondo municipal, por falta de motivación y fundamentación. La Suprema Corte determinó que, si bien la demanda era procedente en general, el último párrafo del artículo impugnado fue derogado mediante un decreto posterior. Esta derogación constituyó un cambio normativo sustantivo que eliminó la materia de la controversia respecto a dicho párrafo, actualizando la causa de sobreseimiento por cesación de efectos.
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