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SEGUNDA SALA

El derecho a la debida defensa y a la seguridad jurídica exigen que las autoridades fiscales informen al particular sobre los mecanismos para corregir su situación fiscal, especialmente cuando se trata de la importación temporal de vehículos, a fin de evitar la imposición de sanciones.

Expediente
4378/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
18 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El derecho a la debida defensa y a la seguridad jurídica exigen que las autoridades fiscales informen al particular sobre los mecanismos para corregir su situación fiscal, especialmente cuando se trata de la importación temporal de vehículos, a fin de evitar la imposición de sanciones.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó un caso donde se determinó un crédito fiscal por la omisión de impuestos y la confiscación de un vehículo de procedencia extranjera. El quejoso argumentó que las autoridades fiscales violaron su derecho a la debida defensa y a la seguridad jurídica al no informarle sobre la posibilidad de corregir su situación fiscal mediante la obtención de un permiso de importación temporal, a pesar de que la Ley Federal de Derechos del Contribuyente le otorgaba ese derecho. La Corte consideró que la falta de información por parte de la autoridad vulnera el marco constitucional y legal aplicable.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.