La facultad de los municipios para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo y otorgar licencias o permisos de construcción, reconocida en el artículo 115, fracción V, inciso d), de la Constitución Federal, está limitada por las regulaciones jurídicas federales en materias reservadas a la Federación, como lo son los hidrocarburos y la energía eléctrica, así como el equilibrio ecológico y la protección al ambiente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la facultad de los municipios para regular el uso del suelo y otorgar licencias de construcción. Si bien se reconoce esta facultad constitucional, se establece que está limitada por la normatividad federal en materias reservadas a la Federación, como hidrocarburos, energía eléctrica, equilibrio ecológico y protección al ambiente. Por lo tanto, las disposiciones municipales que pretendan gravar aspectos de estas materias reservadas exceden la competencia municipal.
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